Bloque Autoretractil de 9M (30 Ft) en Cable de Acero
El Bloque Autoretractil en Cable de Acero es una herramienta indispensable para la protección de los trabajadores en tareas de altura. Este equipo auto-retráctil está diseñado para detener caídas de manera rápida y segura, ofreciendo tranquilidad y protección en diferentes escenarios laborales, tanto en planos verticales como horizontales.
Características:
- Carcasa de ABS
resistente y duradera. - Cable de acero galvanizado
de 9 metros (30 pies). - Gancho de seguridad
con indicador de impacto y sistema swivel. - Mosquetón de conexión
y cuerda de llamado incluidos. - Carga máxima
de 136 kg. - Cumple con ANSI Z359.14 – Clase B SRL y recomendaciones OSHA 1910 y 1926.
- Adecuado para trabajos en alturas en sectores industriales.
Marca
DESCRIPCIÓN:
La línea autorretráctil de STEELPRO Fall Protection en cable de acero para detención de caídas a menos de 0,61 mts, permite la realización de trabajo en alturas y desplazamiento seguro en planos verticales y horizontales. Cuenta con un indicador de impacto visual en la cabeza del gancho de ¾ giratoria que ayuda a identificar el estado del equipo, lo cual permite verificar si el mismo fue impactado y es necesario retirarlo de uso.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
• Carcasa negra en ABS.
• Gancho de anclaje para conexión giratorio.
• Guaya en acero resistente de 9 metros de longitud.
• Conector o mosquetón de seguridad de doble seguro con apertura de ¾» y sistema tipo swivel.
• Indicador de impacto para facilitar inspección.
• Peso: 4,22 kg.
• Carga máxima: 136 Kg.
RECOMENDACIONES:
A continuación la figura ilustra los requisitos de utilización del equipo para garantizar la detención de caída y su largo máximo d e extensión horizontal en el área de trabajo bajo 30º de apertura del retráctil, recuerde tener en cuenta los requisitos de resistencia del punto de anclaje (22,2kN) y que debe haber suficiente espacio libre debajo del usuario al momento de una caída para evitar que el mismo golpee el suelo u otra obstrucción presente en el área de trabajo.
MATERIALES:
• Acero galvanizado
NORMATIVIDAD:
• ANSI Z359.14
• CLASE B SRL
• Cumple con Recomendaciones de O S H A 191 O y 1926 (Subparte M)
VIDA ÚTIL:
La vida útil del presente producto es de 5 años a partir de la fecha del primer uso registrada en la etiqueta de inspección de la carcasa del equipo, en caso de no registrarse dicha fecha, se contará partir desde la fecha de fabricación, siempre que supere las pruebas de inspección efectuadas por una persona competente previo a su uso. Por lo cual se requiere diligenciar esta información en la etiqueta de inspección del equipo y contactarnos para realizar sin costo la inspección requerida por la Legislación Colombiana, para lo cual podrá solicitarla a nuestro correo: [email protected]
ADVERTENCIA:
Recuerde atender las recomendaciones contenidas en la Resolución 1409 de 2012 Título 11 Cap. 11, Art.16, Numerales 6 y 7, en las cuales se dicta la obligación de mantener Hoja de vida de cada equipo de trabajo seguro en alturas y realizar con periodicidad no inferior a una (1) vez al año sus equipos para Inspección y validación de operatividad. Toda instalación, armado y uso de los sistemas retractiles deben realizarse bajo supervisión de una persona calificada. El uso del equipo en aplicaciones incorrectas podría resultar en lesiones graves o incluso la muerte. Se permite un máximo de 1 accesorio por punto de conexión. Consulte las instrucciones para conocer las conexiones compatibles y el proceso de instalación correcto. No exponer a sustancias químicas, productos corrosivos, exceso de calor, descargas eléctricas, bordes y superficies punzantes y abrasivas. Los puntos de anclaje deben ser rígidos y capaz de soportar una carga mínima de 5,000 lbs/ 2270kg /22.2kn.
MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y ALMACENAMIENTO:
Es importante limpiar el equipo luego de usarlo para mantener la seguridad y duración del producto. Quite toda la suciedad, materiales corrosivos y contaminantes del sistema de cuerda para sistemas retráctiles antes y después de cada uso. NUNCA limpie los sistemas con productos corrosivos. Cuando no lo utilice, almacene el equipo donde no sufra los efectos del calor, la luz, el exceso de humedad, las sustancias químicas, u otros elementos degradantes.
Uso:
Antes de asignar su equipo para trabajo seguro en alturas, tenga en cuenta que deberá atender las recomendaciones contenidas en la resolución 1409 de Julio de 2012 Título II Cap.II, Art.18, leer y entender todas las instrucciones del fabricante proporcionadas con el equipo al momento del envío. Y atender las recomendaciones contenidas en su Plan de Trabajo seguro en alturas.
GARANTÍA:
Todas las propiedades físicas y recomendaciones del elemento están basadas en pruebas que se consideran representativas y/o bajo normatividad vigente del mismo. VICSA STEELPRO COLOMBIA SAS informa que no
ofrece garantía por uso de este elemento en un periodo de tiempo determinado, teniendo en cuenta que el usuario final es directamente responsable de la aplicación y utilización del mismo, por lo cual VICSA STEELPRO COLOMBIA SAS no se hará responsable por lesiones o daños directos e indirectos generados como consecuencia de la inadecuada asignación, inadecuado almacenamiento o mantenimiento, negligencia y/o uso indebido del elemento. Informamos que en caso de presentarse fallas en nuestro producto por defectos de fabricación y/o ensamble durante los tres (3) primeros meses de facturado el elemento, VICSA STEELPRO COLOMBIA SAS asumirá responsabilidad de aceptar devolución y/o reemplazar la cantidad objeto de la reclamación; una vez sea revisado y concluido el proceso de determinación de Defectos de Calidad interno.
DISPOSICIÓN FINAL DEL EPP VICSA
STEELPRO Colombia se permite indicar que el ciclo de fabricación de sus productos incluyendo materias primas, fabricación, almacenamiento y transporte cuenta con materiales de calidad, no reciclados y no peligrosos, que de acuerdo a la aplicación en la protección a los usuarios en el Sector Industrial, Hospitalario, Eléctrico, Hidrocarburos y demás, recomendamos a los empleadores y usuarios realizar la respectiva selección, clasificación y disposición final de acuerdo a su Obligación contenida en los Artículos 1 O, 11, 23 del Decreto 47 41 de 2005 y demás aplicables de acuerdo a Normatividad Colombiana vigente.











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